Folleto Explicativo
Victor Manuel Cornejo Rodríguez Agente de Seguros por cuenta propia con autorización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, mediante el siguiente Folleto Explicativo doy cumplimiento a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (L.I.S.F.), en el cual hago de su conocimiento a mis Usuarios, Contratantes, Beneficiarios, Asegurados o Fiados que:
Facultades de Intermediación:
Mis facultades de Agentes de Seguros persona física no contemplan el aceptar riesgos, suscribir o modificar pólizas directamente, estas acciones las realizaremos siempre a través de las aseguradoras.
Recibos Oficiales:
Siempre entregaremos recibos oficiales de la Aseguradora con las que intermediamos sus productos; a cambio de los pagos de prima correspondientes. Y no entregamos recibos provisionales al contratar un Seguro y/o coberturas dentro del mismo.
Revise sus Pólizas:
Le agradeceré que al recibir sus pólizas de seguros o fianzas verifique sus datos personales , las condiciones y coberturas concuerden con la oferta realizada en los documentos oficiales de la aseguradora.
Mi Asesoría por Intermediación:
El pago que recibo por asesoría en la intermediación de Seguros está contemplada en la comisión pactada con las compañías aseguradoras y afianzadoras. En los casos en que no sea el intermediario de la póliza o me sean solicitados servicios o asesorías diferentes a la intermediación pero relacionados con seguros, fianzas, créditos e inversiones es mi derecho recibir los honorarios correspondientes, como ejemplo asesoría en reclamaciónes de siniestros, revisión de pólizas intermediadas por otros agentes, administración de riesgos, etc.
Autorización Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas (CNSF)
Buscando en todo momento cumplir con el Marco Normativo Vigente cuento con un Seguro vigente de Responsabilidad Civil Profesional para Agentes de Seguros.
Puede consultar mi autorización para intermediar seguros para personas y empresas en el siguiente enlace: